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Javier MIlei en conferencia de prensa — Juan Mabromata / Zuma Press / ContactoPhoto

Milei presenta una ley que permite cancelar manifestaciones, absolver a empresarios sancionados o no intervenir los precios de los hidrocarburos

Además de ampliar el concepto de “legítima defensa”, la ley ómnibus entra en el sector energético como elefante en cacharrería en un país con recursos como Argentina


Mientras los argentinos calculan cómo encajar las previstas subidas de tarifa de gas, transporte público y energía de entre 300% y 500% a partir de 2024 con los sueldos que reciben, mientras las reservas hoteleras —es temporada alta— caen por los altos precios, mientras las calles se van encendiendo y mientras los precios de la carne comienzan a estabilizarse tras hundirse el consumo por la inflación, todo lo anterior producto del mega decreto ( DNU) del 20 de diciembre, el presidente anarcocapitalista de Argentina, Javier Milei, continúa con las medidas reaccionarias. En la tarde del miércoles 27 de diciembre, el Gobierno presentó la “ley ómnibus” con 664 artículos imposibles de sintetizar que pisan todos los charcos —economía, impuestos y tarifas, privatizaciones, seguridad pública y emergencia nacional, elecciones, relaciones laborales— y que apuntan a la misma dirección que las propuestas anteriores.

Continuando el relato de que los sindicalistas y piqueteros provocan la parálisis del país —nunca se menciona la deuda de Macri de 50.000 millones por el FMI—, el proyecto permite al Ministerio de Seguridad cancelar manifestaciones legalmente convocadas “fundamentándose en cuestiones que hagan a la seguridad de las personas o seguridad nacional”, así como cambiarlas de recorrido o de día y hora por idénticos motivos. Una iniciativa represiva un día después del anuncio de despedir a más de 5.000 empleados estatales y de revisar un millón de planes sociales.

Pero ya desde el primer artículo de los 664 se proclama la sustitución del Estado por la libertad del más fuerte; así, el objetivo de la ley ómnibus es, reza el artículo inaugural, “promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales”. Un augurio de las medidas socioeconómicas que contiene. 

Además de ampliar el concepto de “legítima defensa”, la ley ómnibus entra en el sector energético como elefante en cacharrería en un país con recursos como Argentina. El artículo 258 liquida la potestad del estado de intervenir los precios de la nafta (gasolina) o de las tarifas del hogar en un sector clave, proclamándolo sin ambages: “El Poder Ejecutivo no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción”. En el caso de empresas públicas como YPF —que Milei quiere privatizar—, “éstas podrán vender únicamente a precios que reflejen el equilibrio competitivo de la industria”.

Actualmente, las empresas nacionales del ramo energético están obligadas a abastecer al país a través de una disposición que hace “obligatoria la utilización en el país de todas las disponibilidades de origen nacional de los hidrocarburos”. Eso se termina, porque la ley concede a las empresas no cumplir con el mercado interno: “Los permisionarios, concesionarios, refinadores y/o comercializadores podrán exportar hidrocarburos y/o sus derivados libremente, conforme la reglamentación a dictar por el Poder Ejecutivo, quien establecerá las condiciones para su efectiva entrada en vigencia”. La dudosa libertad de no abastecer al país se abre paso. Algo que se remacha en un artículo posterior: “El comercio internacional de hidrocarburos será libre”.

Y vía libre es lo que se propone para privatizar empresas públicas, aunque tengan beneficios como Aerolíneas Argentinas —2023, primer año de su historia con ganancias— o YPF, un artículo que argumenta «la necesidad de concentrar la actividad del Estado en sus funciones esenciales». Así, se declaran “sujetas a privatización” 41 empresas estatales que, además de las mencionadas, aparecen Administración General de Puertos, Arsat, Banco Nación Argentina, Banco de Inversión y Comercio Exterior, la Casa de Moneda, Corredores Viales, Correo Argentina, Enarsa o los Ferrocarriles Argentinos y la Operadora Ferroviaria. Muchas de estas empresas precisamente rozaron la desaparición durante la ola privatizadora de los noventa. La red ferroviaria argentina, por ejemplo, pasó de contar con 47.000 kilómetros de vías en tiempos de Juan Domingo Perón en los años 40 a solo 7.000 kilómetros en los noventa. Fueron nacionalizados por Cristina Fernández en 2015.

Milei plantea otro artículo en defensa de los empresarios que la propia La Nación (prensa de derechas) califica de “blanqueo laboral”: se extinguen “infracciones, multas y sanciones” para las empresas por cometer irregularidades a la hora de contratar empleados con una medida titulada “Promoción del Empleo Registrado”. En la línea de favorecer al sector privado, se lanza una moratoria para las deudas privadas contraídas hasta el 30 de noviembre por obligaciones fiscales, con la seguridad social o aduaneras. Un alivio empresarial sin contrapartida social.

Igualmente, se suspende la Ley de Movilidad Jubilatoria, la primera medida que adoptó Alberto Fernández en su Gobierno para calcular satisfactoriamente el cálculo de los pensionistas. Ahora, el Ejecutivo “podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos” pero no se concreta la periodicidad, lo que sume a los jubilados en más incertidumbre al contar de por sí con bajas pensiones. Asimismo, se habilitan los trámites para acelerar la reorganización de la estructura pública, operación que deja ya un cadáver: el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) desaparece, tal y como proclama la ley.  


Madrid –

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