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Reunión de la ministra Yolanda Díaz con sindicatos y patronal — Ministerio de Trabajo

Aquellos días cambiaron la izquierda (I)

Analizar las vicisitudes de la no derogación de la reforma laboral del PP permite comprender el fenómeno de la impotencia de la democracia y, también, formular una hipótesis sobre el reciente proceso de domesticación de la izquierda


La gran pregunta de las últimas décadas es por qué los Gobiernos progresistas no pueden llevar a cabo políticas transformadoras. Un caso ejemplo de enorme relevancia en España es la reforma laboral del primer Gobierno de coalición (Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre), que no derogó la reforma laboral del Partido Popular (Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero). Analizar las vicisitudes de este incumplimiento programático nos permitirá comprender el fenómeno de la impotencia de la democracia y, también, formular una hipótesis sobre el reciente proceso de domesticación de la izquierda (me refiero aquí al espacio político a la izquierda del PSOE).

Hagamos memoria. Al poco tiempo de llegar al Gobierno, en el marco de las políticas de ajuste, el Partido Popular(PP) aprueba su reforma laboral, que abarató el despido y rompió el equilibrio en la negociación colectiva en favor de la patronal. La reforma se aprobó sin negociación alguna con las organizaciones sindicales y empresariales. Todo ello motivó la convocatoria de la huelga general del 29 de marzo de 2012, a la que sucedería la del 14 de noviembre de 2012.

En consecuencia, los partidos progresistas se comprometieron de forma reiterada a derogar la reforma laboral del PP. Llama la atención la evolución del PSOE, que pasó de incorporar en su programa la derogación íntegra en 2016 (“derogaremos con carácter inmediato toda la reforma laboral del PP”) a contemplar, en 2019, laderogación solo de “los aspectos más lesivos de la reforma laboral”. En el acuerdo programático del Gobierno de coalición se incluyó un compromiso ambicioso: “Derogaremos la reforma laboral. Recuperaremos los derechos laborales arrebatados por la reforma laboral de 2012”. La fórmula no deja lugar a dudas: no se plantea una derogación de los aspectos más lesivos, sino la derogación de la reforma laboral de 2012. Por ende, la posterior mención en el acuerdo de puntos concretos, caracterizados como urgentes, no agota el contenido de la derogación. Así lo entendieron los propios Grupos Parlamentarios del PSOE y Unidas Podemos, que firmaron un acuerdo con Bildu en mayo de 2020 en el que se comprometían “a derogar de manera íntegra la Reforma Laboral del año 2012 impulsada por el Partido Popular”.

Sin embargo, el Gobierno de coalición no derogó la reforma laboral del PP. El Real Decreto-ley 32/2021 sí conllevó la derogación de algunos aspectos de la reforma de 2012 e innovó otras cuestiones. En relación con los elementos principales de la reforma de 2012, es sabido que la reforma de 2021 no tocó las indemnizaciones por despido y solo reequilibró la negociación colectiva parcialmente. 

¿Por qué no se derogó la reforma laboral de 2012? En mi opinión, las principales razones fueron las propias convicciones ideológicas ―de signo neoliberal― del núcleo duro del PSOE (Nadia Calviño, avalada siempre por Pedro Sánchez), la inconsistencia política de Yolanda Díaz, la presión de la patronal y, de manera destacada, las exigencias de Bruselas. 

Para comprender por qué no se derogó la reforma laboral del PP es necesario reparar en la arquitectura jurídica de los fondos europeos Next Generation. La recepción de estos fondos implica que los Estados miembros, como contrapartida, deben cumplir un programa de reformas políticas y económicas. En cierto modo, se trata de la vieja condicionalidad, no tan estricta como en los tiempos de los rescates tras la crisis del euro, pero igualmente ineludible. Llama la atención que las líneas maestras de la reforma laboral de 2021 ya estuvieran incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Gobierno de España y publicado el 16 de junio de 2021: simplificación de los contratos e introducción demecanismos de flexibilidad. En concreto, la reducción de la contratación temporal se enmarcaba explícitamente en las recomendaciones del Semestre Europeo que venía formulando el Consejo de la Unión Europea (2019 y 2020).

Durante el proceso de gestación de la reforma laboral del Gobierno de coalición, existe constancia documental de cómo Bruselas predeterminó su contenido. En el documento Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación acordadas por el Gobierno de España y la Comisión Europea, de 8 de noviembre de 2021 (una especie de contrato anexo a los fondos europeos suscrito entre el Gobierno español y la Comisión), se describe como hito y objetivo de la reforma laboral que esta se aprobará “respetando el diálogo social y en el marco de un enfoque integral que equilibre la necesidad de flexibilidad y seguridad en el mercado laboral” (la traducción es propia; el documento original está en inglés). La expresión “necesidad de flexibilidad y seguridad” no es baladí: alude al enfoque de la llamada flexiseguridad, el paradigma neoliberal de las relaciones laborales que la Unión Europea viene sosteniendo desde hace décadas.

Anterior y más explícito es el Documento de trabajo de los servicios de la Comisión Análisis del plan de recuperación y resiliencia de España que acompaña a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, de 16 de junio de 2021. En una nota a pie de página de dicho documento se afirmaba lo siguiente: “El informe más reciente sobre España recordaba la necesidad de preservar los elementos de las reformas del mercado de trabajo introducidas en 2012-2013 que han desempeñado un importante y reconocido papel en el impulso de la recuperación económica generadora de empleo iniciada en 2014”. Es decir, en el marco de la negociación sobre la reforma laboral comprometida para recibir los fondos europeos Next Generation, la Comisión Europea venía exigiendo que no se derogase la reforma laboral del PP. Además, en el citado documento la Comisión afirmaba que “el paquete global de reformas del mercado laboral debe lograr un equilibrio adecuado entre flexibilidad y seguridad” (de nuevo aparece la flexiseguridad).

Estas eran las líneas maestras de la reforma que el Gobierno de España, con el liderazgo del Ministerio de Trabajo (aunque siempre con la coordinación o supervisión del Ministerio de Economía), tenía proyectada desde el principio y que comenzó a negociar con la patronal y los sindicatos. No debemos olvidar que, en 2021, la derogación de la reforma laboral del PP seguía siendo una bandera de la izquierda, un símbolo de un largo ciclo de movilizaciones y una aspiración colectiva de restablecer la fuerza del mundo del trabajo. El 23 de octubre de 2021, Yolanda Díaz intervino en el Congreso de Comisiones Obreras y afirmó lo siguiente: “Vamos a derogar la reforma laboral, a pesar de todas las resistencias, que las hay y son muchas”. ¿Resistencias? En un documento de septiembre de 2023 sobre el Componente 23 del Plan de Recuperación español, el Gobierno sostuvo en relación con la reforma laboral lo siguiente: “No se prevén grandes impedimentos que dificulten la aprobación y la implementación de la reforma”. Todo apunta a que, desde el primer momento, la reforma que se negoció con sindicatos y empresarios era la previamente pactada con Bruselas. Mientras tanto, Yolanda Díaz mantenía en público que se iba a derogar la reforma laboral del PP. 


La segunda parte de este artículo se publicará en Diario Red en los próximos días.

Madrid –

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