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Jesús Hellín / Europa Press

Las claves del documento organizativo de Sumar

Bebiendo de mi experiencia con este tipo de reglamentos durante mi etapa como Secretario de Organización, hago un pequeño resumen de los elementos más significativos, comparando allí donde sea pertinente con el funcionamiento del partido que mejor conozco


Ayer, Sumar hacía público el documento organizativo que se someterá a votación en su primera asamblea, prevista para el próximo 23 de marzo. Aunque el propio documento establece que la organización allí definida tendrá carácter provisional hasta una así llamada ‘Asamblea Constituyente’ de Sumar —que se produciría en otoño de este mismo año—, también dice que «a pesar de la temporalidad asociada al presente modelo organizativo, las bases que con él se establecen tienen vocación de permanencia y continuidad». Así que, muy probablemente, estemos ante un esquema organizativo que será muy similar al definitivo para este nuevo partido.

Con la intención de describir en lenguaje normal las claves más importantes de la organización que, en el documento, se propone, y bebiendo de mi experiencia en la redacción de este tipo de reglamentos durante mi etapa como Secretario de Organización, hago a continuación un pequeño resumen de los elementos más significativos, comparando allí donde sea pertinente con el funcionamiento del partido que mejor conozco. Espero que pueda resultar útil:

1.- Solamente puede votar en Sumar quien paga una cuota económica; estas personas se denominan ‘miembros’ y conforman la ‘Asamblea’ de Sumar (pág. 14). En Podemos, no hace falta pagar una cuota económica para votar; solamente haber verificado tu identidad por seguridad.

2.- Entre las competencias de la Asamblea de Sumar, se recoge la ‘ratificación’ de las listas electorales para procesos de ámbito estatal o europeo. Cabe mencionar que la palabra ‘ratificación’ asume que las listas ya vienen hechas (desde luego, no se especifica en ninguna parte del documento quién las hace) (pág. 17). En Podemos, las listas electorales se conforman mediante el así llamado ‘sistema DesBorda’; un sistema de listas abiertas en competición, con cierto nivel de proporcionalidad y con la posibilidad de que tengan representación otras listas además de la más votada.

3.- El máximo órgano político de Sumar entre asambleas se denomina ‘Grupo de Coordinación’ y está formado por 76 personas elegidas por la asamblea de miembros y 33 representantes de los partidos políticos (pág. 19). Sería el equivalente del Consejo Ciudadano Estatal de Podemos, aunque, en este caso, obviamente, sin ninguna representación de otros partidos.

4.- El Grupo de Coordinación de Sumar es el órgano que hace los reglamentos y estatutos detallados a partir de los documentos aprobados por la asamblea, es el órgano que elige a la ejecutiva (el ‘Grupo Ejecutivo’; a propuesta de la Coordinación General y por mayoría simple) y también a la persona que lidera el partido (la ‘Coordinación General’) (pág. 20).

5.- Nótese que la persona que lidera el partido no es elegida directamente por las bases, sino por el Grupo de Coordinación. En Podemos, la Secretaria General es elegida directamente por las bases y cualquiera se puede presentar.

Entre las competencias de la Asamblea de Sumar, se recoge la ‘ratificación’ de las listas electorales para procesos de ámbito estatal o europeo. Cabe mencionar que la palabra ‘ratificación’ asume que las listas ya vienen hechas (desde luego, no se especifica en ninguna parte del documento quién las hace)

6.- El Grupo Ejecutivo de Sumar es el que acumula los máximos poderes de gestión y de dirección política cotidiana, como es habitual en casi todos los partidos políticos (pág. 22).

7.- Se crearán en cada comunidad autónoma y, si es necesario, en cada provincia, ‘Grupos Territoriales’ de Sumar de entre 10 y 20 personas —hasta el 30% de ellas pertenecientes a los partidos que deseen integrarse en Sumar— no mediante la votación de las bases en cada territorio, sino mediante designación del Grupo Ejecutivo estatal. Se recoge, no obstante, que estos Grupos Territoriales serán temporales. La persona que lidera estos grupos en cada territorio (el ‘Referente territorial’) también será elegido por la ejecutiva estatal (pág. 33). En Podemos, los órganos territoriales elegidos directamente por la dirección estatal se denominan gestoras y solamente se utilizan en circunstancias excepcionales. En condiciones normales —como, por ejemplo, en las numerosas asambleas autonómicas que acaban de tener lugar—, son las bases de cada territorio las que eligen a sus direcciones.

8.- Los ‘partidos involucrados en la construcción de Sumar’ son aquellos que aceptan participar en sus órganos y asumen la posibilidad de la doble militancia, es decir, que una misma persona pueda ser miembro simultáneamente de uno de dichos partidos y también de Sumar (pág. 35). En Podemos, no existe la doble militancia.

9.- La conformación del primer Grupo de Coordinación de Sumar mediante votación por parte de la Asamblea se llevará a cabo por listas, existirá una Secretaría —que no se halla definida en ningún apartado del documento— que tiene potestad absoluta de aceptar o rechazar listas, y la lista que obtenga una mayoría de los votos será elegida íntegramente ocupando la totalidad del órgano y, por lo tanto, excluyendo del mismo a cualquier persona de las demás listas (sistema de votación mayoritario puro) (pág. 41). Como ya se ha dicho, en el caso de Podemos, el Consejo Ciudadano Estatal se elige mediante un sistema competitivo de listas abiertas a que todo el mundo se puede presentar, con un esquema cercano a la proporcionalidad —aunque tiene una prima para la lista ganadora, con el objetivo de incentivar acuerdos— y con una corrección para garantizar la representación de minorías en el órgano.

Estos son los hechos y no voy a hacer ninguna valoración política, porque, a veces, los hechos son tan elocuentes que se valoran solos.


Aquí puedes leer el documento completo:


Madrid –

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