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Juez García Castellón — YouTube

El Tribunal Supremo de Marchena responde a Podemos que García Castellón no prevarica

El tribunal ha rechazado la querella de Podemos contra el juez García Castellón por reabrir la causa de la presunta financiación ilegal del partido


El Tribunal Supremo (TS) que preside Marchena, ha acordado inadmitir la querella que Podemos presentó el pasado noviembre contra el magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón y su refuerzo, el magistrado Joaquín Gadea, por presuntos delitos de prevaricación, revelación de secretos y omisión de perseguir conductas delictivas en un supuesto caso de ‘lawfare’ al haber reabierto la investigación contra el partido por presunta financiación ilegal que llevaba años cerrada. Marchena, hay que recordar, está muy vinculado al PP y fue protagonista de los whatsapps de Cosidó en 2018, entonces senador del PP, en los que presumía de colocar a un presidente del Supremo que controlará “desde atrás” la sala del procés.

La formación ‘morada’ había presentado la querella contra el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 y su juez de refuerzo, por haber reabierto la investigación que se seguía en su contra y sus líderes por presuntos delitos de financiación de partidos, blanqueo de capitales y delito fiscal, tras haber tomado declaración al exjefe de la Inteligencia de Venezuela Hugo ‘El Pollo’ Carvajal, reclamado por Estados Unidos.

Los motivos de la querella de Podemos son dos: presunta prevaricación al realizar una investigación prospectiva y revelación de secretos y/o omisión del deber de perseguir delitos en torno a la reapertura de diligencias a raíz de las acusaciones contra Podemos del Pollo Carvajal en 2021. Hace ahora más de dos años, el 18 de octubre de 2021, García Castellón dictó el auto de reapertura de las referidas diligencias previas relacionadas con el caso fake del Informe PISA contra Pablo Iglesias y Podemos, archivado en 2016. Además de la reapertura de un caso archivado también decretó el secreto de las actuaciones.

Los magistrados han acordado inadmitir la querella al no haber apreciado indicios de delitos en la actuación de los dos jueces de la Audiencia Nacional. Respecto a la información aportada por Carvajal, el Supremo ha asegurado que los hechos guardaban relación con el objeto de la investigación que se había llevado a cabo en el juzgado por delitos de financiación ilegal de partidos políticos, delito fiscal y blanqueo de capitales por lo que ante esta nueva información el juez estaba obligado a investigar y verificar la veracidad de la información que se le transmitía. Para la Sala, tampoco parece injustificada en ese momento la declaración de secreto de sumario con la que el Ministerio Fiscal estaba conforme.

La querella de Podemos

En rueda de prensa, el co-portavoz estatal del partido, Pablo Fernández, aseguró que la actuación de ambos jueces es un caso «paradigmático» y «palmario» de ‘lawfare’, al operar al margen de las normas que regulan la actuación judicial con una investigación «prospectiva» cuyo «único objeto» ha sido «perjudicar reputacionalmente» a Podemos. Acusó a ambos magistrados de perpetrar una «auténtica infamia» y «una absoluta vergüenza» en su actuación judicial.

En la querella, según el co-portavoz morado, se alude a la filtración de cada uno de los hitos de esa investigación con vistas a perjudicar a su organización política, hasta que a instancias de la sección tercera de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional se decretó el archivo de las actuaciones.


Madrid –

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