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Nadia Calviño y Yolanda Díaz en una Sesión de Control, diciembre 2023 — Eduardo Parra / Europa Press

La reforma pactada entre Economía y Trabajo supondrá un recorte de la cotización del subsidio para mayores de 52 años

Varios medios han señalado este recorte un día después de que se filtrara desde el Gobierno a los medios las medidas del Real Decreto-ley


El martes 19 de diciembre la Cadena SER anunciaba que había acuerdo entre los ministerios de Nadia Calviño y Yolanda Díaz para llevar al Consejo de Ministros la reforma del subsidio por desempleo. Así fue y horas más tarde la Vicepresidenta y ministra de Trabajo y Economía Social salía en rueda de prensa para comunicar la medida que ya había adelantado la prensa horas antes.

Desde el gobierno se habían filtrado los aspectos más positivos de la reforma pero se había ocultado que la norma contenía un recorte de la cotización del subsidio de desempleo para mayores de 52 años. Hoy por hoy, la cotización está fijada en el 125% de la base mínima (la del SMI) y progresivamente pasará a ser el 100% de esta en 2028. Bajará 5 puntos porcentuales cada año desde 2024 a 2028, cuando llegará al 100%. Las personas que tengan reconocido el subsidio para mayores de 52 años antes de la entrada en vigor de la norma (junio de 2024) mantendrán la cuota del 125% de la base mínima hasta el final de la ayuda.

Otro hecho, que además ha sido criticado por los sindicatos, tiene que ver con la inclusión de la prioridad aplicativa de los convenios colectivos autonómicos sobre los estatales y sectoriales. Según señala el periodista Emilio Sánchez Hidalgo en El País, “tanto la reforma de los subsidios como este cambio en la jerarquía de convenios se han adoptado sin el concurso de sindicatos y patronal, lo que ha molestado mucho a los actores del diálogo social”. En su texto, también señala que “las prestaciones compatibles con el empleo serán decrecientes”, cuando el martes en rueda de prensa del Consejo de Ministros se dijo lo contrario. Así lo afirma también Laura Olías en eldiario.es, cuando escribe que “la reforma también incluye la posibilidad de compatibilizar el cobro del subsidio de paro con un empleo, algo que no estaba permitido en la actualidad. Aunque el Ministerio de Trabajo apuntó ayer que la ayuda se seguiría recibiendo “sin reducción de cuantía” en realidad sí se reduce y varía en función del trimestre del cobro de la ayuda”.

Los sindicatos mayoritarios emitieron ayer un comunicado conjunto criticando las formas en las que se ha sacado el decreto “Ambos sindicatos muestran su preocupación por el hecho de que una reforma de la estructura de la negociación colectiva se haya hecho obviando el marco del diálogo social y sin oír a sus legítimos representantes”, declaran CC.OO. y UGT. También han tenido buenas palabras para algunos de los contenidos del decreto aunque a su vez se han mostrado críticos con otros. “Como ya apuntamos en la primera valoración, consideramos que la reforma supone un avance en cuanto al incremento de las cuantías o la ampliación del acceso al subsidio a nuevos colectivos. Hemos señalado, asimismo, algunas insuficiencias relacionadas con el acceso al subsidio cuando se procede de un empleo a tiempo parcial, o la insuficiente ampliación a las personas de menos de 45 años al mantener la limitación a quienes hayan agotado una prestación contributiva de 360 días. A esta valoración ya realizada, habría que añadir nuestra disconformidad con la paulatina reducción de la base de cotización del subsidio para mayores de 52 años, que en la actualidad es el 125% de la base mínima vigente cada año”.

Este decreto ha sido aprobado el martes junto a la ampliación del Puerto de Valencia en Consejo de Ministros y ha sido publicado en el BOE el miércoles. La reforma eleva el subsidio por desempleo, actualmente de 480 euros mensuales, el equivalente al 80% del Iprem, a 570 euros durante los primeros seis meses de percepción (95% del Iprem) y a 540 euros mensuales en los seis meses siguientes (90% del Iprem) para después recuperar el 80% del Iprem hasta su extinción, que se mantiene en un tope de 30 meses. También contiene la extensión del derecho de lactancia a los 28 días.


Madrid –

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