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Manuel García Castellón en Foro La Región, Octubre 2023 — YouTube

¿Será imputado García Castellón por prevaricación y revelación de secretos?

Los hechos son clarísimos, pero cualquiera que se mueva en el ámbito judicial sabe perfectamente que los jueces son enormemente reticentes a aceptar que alguno de los suyos se está saltando la ley. Ahora le toca a la Sala Segunda del Supremo, presidida por Marchena, decidir si imputa o no a García Castellón


El juez Manuel García Castellón entró en la Audiencia Nacional en el año 1993. Después de siete años de prestar sus servicios allí en casos de primera división política y mediática como el caso Banesto, el secuestro y asesinato de Miguel Angel Blanco o el atentado de la banda terrorista ETA contra José María Aznar, es nombrado por el gobierno —precisamente— de Aznar magistrado de enlace en Francia; un puesto enormemente cotizado debido a su elevado salario y su poca carga de trabajo. El nombramiento lo firmó en el año 2000 el propio Mariano Rajoy, que entonces era vicepresidente de Aznar. Mandar a un juez titular de uno de los seis juzgados de instrucción de la Audiencia Nacional a un puesto como ese tiene, además, una importante ventaja para el partido en el gobierno que toma la decisión; en este caso el PP. Mientras el titular está en funciones, es el CGPJ el que nombra al juez sustituto de una forma completamente discrecional, esto es, a dedo. Si la mayoría del CGPJ está controlada por el mismo partido y recordamos que muchos de los casos de corrupción política pasan por la Audiencia Nacional, no hace falta dibujar un croquis para que se entienda la estructura y el motivo de la operación. Así, sin prácticamente hablar francés, García Castellón se fue a París en el año 2000. Estuvo allí hasta el año 2012, cuando el PP necesitó mandar a Francia a otro juez amigo y entonces nombraron a García Castellón juez de enlace con Italia, donde estuvo hasta 2017. Unos meses antes de su vuelta, los corruptos Ignacio González y Eduardo Zaplana mantuvieron una conversación telefónica en la que el primero le decía al segundo que había que mandar «a tomar por culo» al juez sustituto del juzgado de instrucción 6 —Pablo Ruz, en ese momento— porque se estaba portando mal con el PP nada menos que en los casos Lezo y Púnica sobre la financiación ilegal del partido en Madrid. En mayo de 2017 y después de estar 17 años ganando mucho dinero gracias al PP en París y en Roma, García Castellón decide volver a España para ocupar su plaza de titular, cumpliendo así el deseo expresado por Ignacio González.

Esta breve historia permite entender muy bien algunas de las decisiones de Manuel García Castellón en los últimos años: desde intentar imputar al vicepresidente Pablo Iglesias en un caso en el que el entonces secretario general de Podemos era la víctima —como ha dejado claro recientemente la Fiscalía Anticorrupción—, hasta permitir que se vaya de rositas María Dolores de Cospedal y el conjunto del PP en la causa de la operación Kitchen —aunque obre en su poder un audio en el que Cospedal le dice a Villarejo que «la libretita [de Bárcenas] sería mejor poderla parar»—, pasando por el intento de imputar por delitos de terrorismo a Carles Puigdemont y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, en plenas negociaciones para la investidura de Pedro Sánchez.

La particular trayectoria judicial y política de este juez también explica su operativa en el caso primero conocido con el significante del «Informe PISA» y, desde 2021, transmutado en el caso del «Pollo Carvajal», y motiva la querella interpuesta ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por Podemos contra García Castellón y contra su juez de refuerzo, Joaquín Elías Gadea, acusando a ambos de los presuntos delitos continuados de prevaricación judicial (arts. 74 y 446 CP), de revelación de secretos (arts. 74, 417 y 466 CP) y/o de omisión del deber de perseguir delitos (art. 408 CP).

Para entender los elementos fundamentales de la operativa de estos dos magistrados que lleva a la formación morada a pedir a la sala presidida por Manuel Marchena su imputación no hace falta ser jurista

Para entender los elementos fundamentales de la operativa de estos dos magistrados que lleva a la formación morada a pedir a la sala presidida por Manuel Marchena su imputación no hace falta ser jurista. La acusación fundamental que se lleva a cabo contra Podemos en el juzgado de García Castellón es la de haber financiado el partido ilegalmente. Está calumnia se basa primero en el así llamado «Informe PISA», un collage de recortes de prensa de digitales ultraderechistas que hoy ya sabemos que fue fabricado por las cloacas de Interior de Fernández Díaz, que fue publicado en primicia por la periodista Ana Terradillos en la Cadena SER y que ha pasado a formar parte de la historia más negra de la corrupción política y periodística en España. El informe es tan burdo que el juez que se ocupaba del caso entonces —Alejandro Abascal— y el Tribunal Supremo no tienen más remedio que archivar la causa el 29 de junio de 2016 no sin antes haber sido utilizado por la mayoría del poder mediático para propagar falsedades difamatorias contra Podemos y contra Pablo Iglesias con el evidente objetivo de adulterar de forma ilegítima el juego limpio democrático en las elecciones generales del 26 de junio de ese mismo año. Esta infamia jurídica, política y mediática habría dormido el sueño de los justos si no fuese porque, el 18 de octubre de 2021, García Castellón decide reabrir las diligencias dando veracidad al testimonio y los documentos —a todas luces, fabricados— que le proporciona un mafioso venezolano conocido como «el Pollo Carvajal», que se halla en esos momentos buscando por todas las vías a su alcance alguna manera de evitar su extradición a EEUU para ser juzgado por gravísimos delitos. Pero no solamente estamos hablando de un testigo que es un peligroso delincuente, que tiene un obvio interés personal en la causa y que aporta «indicios» tan burdos que solamente Antonio García Ferreras podría considerarlos dignos de ser tenidos en cuenta. Es que, además, los supuestos hechos a los que se refiere «el Pollo Carvajal» y por los que el juez lleva a cabo diligencias son anteriores al 30 de marzo de 2015 que es cuando aparece por primera vez en el Código Penal el delito de financiación ilegal de partidos. Es decir, que es imposible que fueran constitutivos de ningún tipo de ilícito y que cualquier diligencia al respecto tenía naturaleza prospectiva; para que el lector o lectora nos entienda, naturaleza de expedición de pesca. Es decir, no tengo absolutamente ninguna prueba ni indicio de que se haya cometido ningún delito, pero me voy a poner a revisar hasta en el cubo de la basura a ver si encuentro algo. Todo esto no es que lo diga Podemos en su escrito de querella, es que la propia Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional advierte en repetidas ocasiones a García Castellón de que no puede hacer lo que está haciendo. Esto es importante para que se pueda constatar la comisión de un delito de prevaricación judicial ya que éste se basa en dos criterios: que el juez haya actuado con arbitrariedad en el ejercicio de la función jurisdiccional y que lo haya hecho a sabiendas.

Por si esto fuera poco, García Castellón decide también decretar el secreto de las actuaciones. Algo que no solamente no se sostiene jurídicamente, al tratarse de supuestos hechos acaecidos hace una década, sino que además ni siquiera es respetado por el propio juzgado. Mediante el secreto de las actuaciones, García Castellón impide que los acusados puedan acceder a la información sobre aquellas cosas que se les imputan —provocando una indefensión que cualquiera puede imaginar—, pero, al mismo tiempo, los informes, la documentación, los testimonios y las resoluciones son filtrados sistemáticamente a multitud de medios de la derecha y la ultraderecha mediática, como OKdiario, Periodista Digital, El Mundo, ABC, El Confidencial, La Razón, Vozpópuli y El Español; evidenciando, una vez más y como ya hemos detallado en Diario Red, que el principal objetivo del lawfare no es tanto el de conseguir una condena —algo muy difícil, dada la bajísima calidad de las acusaciones falsas— sino el de alimentar al periodismo corrupto para que éste propague de forma masiva falsedades y calumnias que puedan destruir reputacionalmente a los actores políticos que ponen en la diana y alterar así de forma espuria la democracia. Dado que solamente el juzgado de instrucción número 6 tenía en su poder toda la información filtrada y dado que el juez García Castellón es el máximo responsable del mismo, lo que plantea Podemos en su escrito de querella es algo, de nuevo, muy fácil de entender: una de dos, o García Castellón ha cometido un delito de revelación de secretos —en una causa cuyas actuaciones él mismo estableció como secretas— o ha cometido un delito de omisión del deber de perseguir delitos, al provenir obviamente las filtraciones de su juzgado.

Los hechos son clarísimos, pero cualquiera que se mueva en el ámbito judicial sabe perfectamente que los jueces son enormemente reticentes a aceptar que alguno de los suyos se está saltando la ley. Ahora le toca a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, presidida por Manuel Marchena, decidir si imputa o no a García Castellón por prevaricación, revelación de secretos y/o omisión del deber de perseguir delitos. No es una decisión fácil. Si decide hacerlo, estará admitiendo claramente la posibilidad de que uno de los jueces estrella del PP en los últimos años sea un corrupto. Por otro lado, si decide no admitir la querella de Podemos, estará lanzando urbi et orbe el peligrosísimo mensaje político de que el estamento judicial en España está dispuesto a garantizar la impunidad del lawfare.


Madrid –

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